- Home
- Somos Ie Law School
- Noticias
- La Configuración De Los Smart Contracts A La Luz Del Derecho Contractual
La configuración de los Smart Contracts a la luz del Derecho Contractual
¿Son los smart contracts el fin de los contratos tal como los conocemos? En el evento celebrado por el Jean Monnet Module en Responsabilidad de los Robots, expertos líderes en la materia han examinado la configuración de los smart contracts (realizados mediante tecnología blockchain) y han analizado si la concepción tradicional del common law de formación contractual resulta seriamente desafiada por el auge de esta tecnología.
En el primer evento del Jean Monnet Module on Liability of Robots: A European Vision for a New Legal Regime (LEGROB) el profesor del IE Law School Francisco de Elizalde, Dr.Mateja Durovic, Lecturer en Derecho en el King’s College London, y Andre Janssen, Chair Professor en Radboud University Nijmegen, estudiaron la configuración de smart contracts formalizados mediante tecnología blockchain. En el seminario ofrecido a la comunidad y estudiantes del IE Law School, los expertos argumentaron si el tradicional concepto del common law de configuración contractual está seriamente desafiado por el auge de los smart contracts.
“Cuando hablamos de cómo la ley debe responder al desarrollo de las nuevas tecnologías hay que señalar dos objetivos principales: primero, la ley no debe impedir el desarrollo de estas nuevas tecnologías y segundo, debe establecerse un marco legal, lo cual es especialmente relevante en el contexto del derecho de los contratos” enfatizó la Dr. Mateja Durovic, Lecturer en derecho en el King’s College de Londres.
En el seminario, los expertos analizaron el significado del término “smart contracts”, ya que para muchos, no son ni contratos en el sentido tradicional ni son inteligentes, por lo que el término sería, en consecuencia, una denominación inapropiada.
“Uno de los principales retos es establecer si los smart contracts cumplen con el denominado derecho de los consumidores. Mucha gente piensa que el derecho de los consumidores no es aplicable a supuestos con smart contracts, pero no es cierto. Como académicos, necesitamos averiguar cuáles son los problemas reales en relación con los smart contracts y el derecho de los consumidores”, explicó Andre Jansse, Chair Professor en Radboud University Nijmegen.
El objetivo es preparar a los futuros abogados y políticos en la regulación de una temática que será de primer orden durante su vida profesional, proporcionándoles una visión europea para abordarlo
Sobre el Jean Monnet Module on Liability of Robots
El Jean Monnet Module on Liability of Robots: A European Vision for a New Legal Regime (LEGROB) está dedicado a la enseñanza, investigación y debate de cómo la UE va a posicionarse en la regulación de la Responsabilidad de los Robots. Este módulo está cofundado por el Programa Erasmus + y Jean Monnet Activities de la Unión Europea.
El contenido del módulo aborda un aspecto particular (la responsabilidad) del que problablemente sea “el asunto” más importante en los próximos avances de la economía global – la Inteligencia Artifical (AI) y la robótica. Esto definirá si la Unión Europea continúa siendo una economía líder en el escenario global o, en cambio, un seguidor de otros países más avanzados.
“En LEGROB analizamos conceptos jurídicos tradicionales desde la perspectiva de la inteligencia artificial. Además, estamos realizando investigaciones para entender el impacto de la inteligencia artificial en los principios legales tradicionales” explica el Profesor Francisco de Elizalde.
El módulo está diseñado para modernizar el doble grado en Derecho y Relaciones Internacionales, añadiendo un análisis de la responsabilidad de los robots inteligentes en el itinerario académico. Esta metodología, a la vez que innovadora, adopta un enfoque de proyecto para un tema que es analizado desde diversas áreas jurídicas, integrándose en el discurso tradicional de cada una de ellas. La innovación emerge con el hecho de que los estudiantes estarán siendo formados para idear una futura regulación- a diferencia de la enseñanza tradicional que parte únicamente de cuerpos legales ya existentes.