“Para corregir no hay que temer. El peor maestro es el maestro con miedo” (Gabriela Mistral, poetisa chilena)
El pasado 15 de mayo el Congreso Nacional de Chile aprobó una ley que sistematiza los delitos económicos y los atentados contra el medio ambiente. Esta norma también modificará, una vez promulgada, la responsabilidad penal de las personas jurídicas (RPPJ).
Novedades en relación a la RPPJ
1. Ampliación de las Personas Jurídicas (PJ) potencialmente responsables
Se añaden entre otras, las sociedades y universidades estatales, los partidos políticos e incluso entidades religiosas de derecho público.
2. Autonomía de la RPPJ
Se refuerza su autonomía e independencia frente a la responsabilidad de las personas naturales, en el sentido de que la falta de declaración de la responsabilidad penal de la persona física no obstará a la existencia de responsabilidad de la persona jurídica.
3. Refuerzo de los Programas de Compliance
Para considerarse efectivamente implementado y servir como eximente o atenuante de la RPPJ el Programa de Compliance debe diseñarse e implementarse de acuerdo con el objeto social, actividad, tamaño, complejidad y recursos de la PJ. Además, debe considerar los siguientes requisitos:
➜ Identificación de las actividades que puedan suponer riesgo de cometer delitos (Análisis de riesgos)
➜ Diseño y aprobación de políticas y procedimientos que prevengan y detecten conductas de riesgo, incluyendo canal de denuncias
➜ Nombramiento de sujeto o sujetos responsables de la aplicación de las políticas y procedimientos (p. e. un Compliance Officer u Órgano Colegiado)
➜ Seguimiento mediante evaluaciones independientes y mecanismos de actualización y mejora continua
La ley, que fue refrendada por el Senado de Chile el pasado 20 de junio tras la aprobación del Congreso Nacional supondrá algunas novedades en tipos delictivos. Entre estas novedades se encuentran algunas con especial impacto en la actividad empresarial:
Se contempla específicamente la comisión de delitos de estafa mediante el uso de sistemas informáticos. Incluyendo las modalidades de comisión mediante tarjetas de pagos.
Se agrega un tipo penal sobre utilización con beneficio (incluyendo el de terceros) de un secreto conocido con ocasión del ejercicio de una profesión. Se incluyen los conocidos en Chile como secretos comerciales, penando su reproducción.
Se introducen los delitos contra el medio ambiente, concretados en tipos como:
➜ Eludir la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) estando obligado a ello. También la entrega de información falsa respecto de una EIA.
➜ Contaminación
Se modifica la Ley de Sociedades Anónimas para crear dos nuevos conjuntos de delitos:
➜ Adopción de acuerdos abusivos.
➜ Relativos al uso de información falsa, tanto en lo relativo a su entrega como a la aprobación de acuerdos basados en esta
Fuente: Grupo Elecnor y Eversheds Sutherland Nicea, S.L.P